Informe: ¿Cuál es la importancia de las Cuestiones Previas en un Proceso Civil?

Las cuestiones previas son medios de carácter procedimental, cuyo objetivo es depurar los vicios implícitos en la demanda, persiguiendo por lo tanto, diferir o enervar la acción del demandante, hasta la corrección de dichos vicios, refiriéndose sólo a los aspectos formales, sin señalar el fondo del asunto. Vienen a ser un mecanismo de defensa del demandado que tiene interés en que se subsanen estos vicios, ya que, por ejemplo: Un libelo defectuoso u oscuro puede dificultarle la formulación de su defensa.

Estas cuestiones previas solo pueden ser oponibles por el demandado, únicamente dentro del lapso de contestación a la demanda como lo indica el 346 del Código de Procedimiento Civil.

Las cuestiones previas son mecanismos de defensa que dispone el demandado para exigir que se subsane algún vicio dentro del proceso o en su defecto se deseche la demanda por existir algún impedimento de la ley para proseguir con la litis. Solo pueden ser oponibles por el demandado, únicamente dentro del lapso de contestación a la demanda y deberán ser propuestas acumulativamente en el mismo escrito (es decir todas las que oponga deben estar expresas en el mismo escrito), no se podrán oponer ninguna otra cuando ya se hayan propuesto en un escrito anterior.

Por lo que se refiere a que constituyen una incidencia autónoma y previa a la fase de contestación a la demanda, terminando con la diferencias de criterios que al respecto surgían bajo la vigencia del régimen de excepciones derogado, podemos llegar a tal afirmación habida consideración del contenido del artículo 346 del C.P.C., según el cual, el demandado puede en vez de contestar la demanda promover las cuestiones previas indicadas en dicha norma. Este carácter incidental quedó reforzado con lo dispuesto en el último aparte de dicha norma, que predica que en caso que hubiesen varios co-demandados y uno de ellos promueva cuestiones previas, no podrá admitirse la contestación a los demás hasta tanto no sea resuelta la incidencia que con motivo de la cuestión previa se genera.

En cuanto a la función depuradora de las cuestiones previas, distintos son los efectos que éstas producen en el juicio. En algunos casos, gozan de un efecto repositorio el cual se materializa a través de la subsanación (voluntaria o forzosa) de vicios formales. Su trámite supone un pronunciamiento judicial que ordena al actor la necesidad de corregir defectos u omisiones formales como aspecto previo a la continuación del curso del proceso, quedando el actor colocado en una fase equiparable a la inicial de interposición de la demanda, en la cual se requiere incluso una resolución del tribunal que homologue la actividad de subsanación.

En otros casos, las cuestiones previas producen efectos suspensivos que permiten sustanciar el procedimiento hasta determinada etapa en el cual, se suspenderá el curso de la causa e impedirán al tribunal dictar sentencia mientras no acontezcan determinadas situaciones jurídicas que tienen estrecha relación con la pretensión de que se trate, como es el caso de la prejudicialidad o la existencia de condición o plazo pendiente.

Surgen también efectos extintivos en algunos supuestos que inciden en la secuela del proceso tales como: la cosa juzgada, la caducidad legal o la prohibición expresa de la ley de admitir la acción propuesta.

En este sentido, es  importante destacar que las cuestiones previas resultan muy importantes dentro del procedimiento civil, ya que como se evidencio de los supuestos anteriores, estas son aquellas que vienen a subsanar errores dentro del procedimiento, que pueden viciarlo todo o incluso dentro de una misma cuestión previa se puede matar el procedimiento, lo cual resultaría incluso un medio de celeridad procesal ya que si se pretende ventilar una situación que ya ha sido juzgada, mediante esa cuestión previa, se evita todo el procedimiento. En este sentido, otro ejemplo practico seria que la cuestión prejudicial que deba resolverse primero, allí la cuestión previa resulta muy relevante ya que la misma evita que se dicten decisiones contradictorias dentro de los entes jurisdiccionales.

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